Charla del abogado asesor sobre la Ley Karin contra el acoso laboral

Charla del abogado asesor sobre la Ley Karin contra el acoso laboral

El abogado asesor de la Facultad, Alex Rubilar Gibert, presentó los alcances de la Ley 21.643, más conocida como Ley Karin, que introduce modificaciones en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo y la que entró en vigencia a partir del 1º de agosto.

La ley tiene tres ejes: uno de prevención, mediante el cual se obliga a los organismos públicos a contar con un protocolo para prevenir las situaciones anteriormente descritas. Un segundo abordaje es la investigación, que se refiere a modificaciones a los procedimientos de investigación sumaria y sumarios administrativos; y un eje de sanción, que altera el sistema de sanciones relacionado a estos casos. 

Así, de forma telemática, el abogado asesor dictó el pasado viernes 2 de agosto una charla donde se explicaron diversos conceptos relevantes para entender las modificaciones introducidas por la ley, como, por ejemplo, el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo.

También se abordó la diversa normativa administrativa en la materia, que fuera dictada antes de la entrada en vigencia de esta ley el 01 de agosto: la Circular N° 3813 de la SUSESO (Superintendencia de Seguridad Social), el Dictamen CGR E516610 de la Contraloría General de la República, y especialmente, los protocolos dictados por la Universidad de Chile, en relación a la prevención del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, y el protocolo de actuación ante denuncias por estos casos. 

Finalmente, se analizaron los cuerpos legales modificados por esta ley, el Estatuto Administrativo y la Ley Orgánica de Bases Generales para la Administración del Estado, que tienen relevancia para el quehacer de esta casa de estudios, en cuanto a universidad estatal. 

"La Ley Karin lo que hace es modificar diversos campos legales para abordar la prevención y sanción del acoso sexual y la violencia en el ámbito del trabajo. GTiene como antecedente en el derecho internacional el convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre violencia y acoso en el trabajo. Además esta legislación lo que hace es fortalecer la prevención y la sanción de aoso y la violencia laboral", sostuvo Alex Rubilar.

Además, se socializaron los datos de contacto relevantes, a efectos de que académicos y personal de colaboración reciben una orientación, primera acogida, o denuncien directamente un hecho de acoso laboral o sexual, o una situación de violencia en el trabajo:

La primera acogida y orientación estará a cargo de:

Pía Navalón Arenas, prevencionista de riesgos [pia.navalon@uchile.cl / +562297 81711].

Álex Rubilar Gibert, abogado asesor [arubilar@ciq.uchile.cl / +562297 82944].

Las denuncias serán gestionadas según sea el caso por:

1) Dirección Jurídica

• Autoridad que decide sobre ordenar o desestimar la instrucción de un procedimiento.

• Todos los casos pueden ser denunciados a este correo electrónico: denuncias@uchile.cl

2) Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas

• Cuando el/la denunciante es académico/a, o personal de colaboración.

• Sobre casos de acoso laboral o violencia en el trabajo. Se debe escribir a acoso.laboral@uchile.cl

3) Dirección de Bienestar Estudiantil

• Denunciante es estudiante. El contacto es denuncias.dirbde@uchile.cl

4) Dirección de Igualdad de Género

• Denuncia por acoso sexual, violencia de género, o discriminación arbitraria por razón del género.

• Denunciante es académico/a, personal de colaboración o estudiante. El contacto es oficinaacososexual@uchile.cl

La Ley Karin “ (…) nace en memoria de Karin Salgado, funcionaria pública y técnica en enfermería quien, tras sufrir un prolongado proceso de acoso laboral, decidió quitarse la vida ya que no pudo acceder a un canal de denuncia, protección y apoyo psicológico adecuado” (Fuente: Superintendencia de Seguridad Social).

Más información en: https://previsionsocial.gob.cl/ley-karin/

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